Entre
las principales competencias de nuestros concejos figuraban
las facenderas, siendo por lo tanto una institución
concejil mediante la cual todos los miembros de pleno
derecho del concejo estaban obligados a prestar trabajos
en beneficio de la comunidad. Eran de varios tipos según
la finalidad de la obra. Si esta era considerada de interés
general estaban obligados todos los vecinos, si era de
interés limitado para una zona concreta se convocaba
a la comunidad afectada. La motivación principal
se basaba en razones de solidaridad de la que todos necesitaban
de alguna manera y se beneficiaban.
Cada
vecino acudía provisto de las herramientas que se
le habían indicado, podía ser pico y pala,
herramientas de corte, carro... según la planificación
realizada por La Junta. Era una institución ejemplar
de “democracia espontánea y participativa”
y en la que la disciplina interna era aceptada de buen grado.
Cuando algún vecino deseaba quedar exonerado de su
obligación de acudir personalmente o se beneficiaba
especialmente de la obra, solía aportar viandas siempre
que el trabajo se prolongara más allá del
medio día. La organización corría a
cargo de una Junta o Juez que planificaba la tarea, revisaba
la correcta realización y establecía los tajos.
Hay quien afirma que el refrán: "con su pan
se lo coma" hace referencia a la costumbre de llevar
cada uno pan de casa y la organización ponía
lo demás.
Como
los cargos eran rotatorios, existía una cierta cultura
de la organización y de comprensión con el
que manda. No acudir a una llamada a Facendera suponía
cargar con una multa, la cual se ejecutaba de manera inmediata,
por lo que la asistencia era masiva.
Según
Elías López Morán (1896) existía
la costumbre en toda la zona de que en el momento de partir
para el trabajo el grueso de los reunidos, una comisión
recorría las casas de los vecinos que no habían
acudido a la llamada a Facendera, llegando a tomar de ellas
“en prendas” cualquier utensilio de labranza
que les pareciera oportuno, como castigo por la ausencia.
Dichas prendas no les eran devueltas hasta que no pagasen
la multa que se les impusiera. Los enfermos también
eran visitados para comprobar la veracidad de su mal. No
se admitían criados en las facenderas por entender
que estos no trabajaban con el mismo empeño.
La
tarea más frecuente era reparación de caminos,
acequias, presas y regueros. Si esta labor no se realizaba
era impracticable la agricultura ya que el invierno con
sus lluvias y sus humedades arroyaban los caminos y tapaban
de hierbas los cauces.
Es
un fenómeno muy arraigado en la cultura leonesa de
montaña. Se basa "en la voluntad expresa de
trabajo en equipo de toda la comunidad, así como
en un sentimiento de suficiencia, de independencia y de
fuerte nuclearización en el grupo con respecto al
exterior" y que se desarrolla en la medida que lo propicie
la facilidad de contacto y el número de personas
con las que existe la posibilidad de trato en los tiempos
de ocio, por lo tanto el tamaño del núcleo,
deberá ser una aldea, no una gran población
ni un lugar disperso.
Facenderas
famosas fueron las que se realizaban en Pajares y Busdongo,
consistentes en realizar túneles en la nieve para
permitir el tránsito durante el invierno. Los viajeros
que eran testigos de los resultados lo dejaron escrito con
admiración. Relatan como ejemplo de valor que las
sayas de las mujeres tenían aspecto de tabla por
estar heladas. En Llombera, muchos hemos sido testigos y
partícipes de la labor de espalar para permitir el
paso de personas y animales entre hogares, cuadras y abrevaderos,
llegándose en ocasiones a realizar túneles
bajo la nieve en aquellos lugares donde se formaban traves
por la acción de las torvas (ventisca).
UN
POCO DE HISTORIA...
"Facendera"
es una palabra derivada del latín "facienda"
(lo que ha de hacerse) y que se refiere al trabajo a que
debe acudir todo el vecindario por ser de utilidad común.
Los
antecedentes de este tipo de trabajos colectivos, parece
que hay que buscarlos, según Julio Somoza, en las
obras de la conservación de las vías militares,
(de los romanos), y se aplicó aquí para el
desarrollo de las comunicaciones y para servicio de los
predios comunales como montes y erías.
La
palabra "Fazendaria" aparece en un documento regio
de la Catedral de León del año 1129 por el
que Alfonso VI concede a Martín Ciprianiz quedar
libre de toda "fazendaria". En el mismo año
están expedidos los fueros a Villa Ermenegildo por
la Condesa Estefanía Sánchez y en los que
se incluye ya la institución "faciendam"
(hacienda).
Los
reyes de León imponían a sus vasallos una
amplia gama de tributos, tales como el pedido o tributo
en metálico o especie, el pecho que se pagaba por
razón de bienes y haciendas, el fosado o la fosnadera
para reparar los fosos o castillos o para los gastos de
guerra, la infurción que se pagaba por razón
del solar de la casa o la humazga por razón de chimenea
u hogar abierto, el apellido como llamamiento a la guerra,
la serna consistente en trabajar en la sembradura, laboreo
y cosechas del rey o señor en determinados días,
la mañería por la que el rey o señor
heredaban al matrimonio sin hijos, la caloña, el
rauso, la martiniega, el yantar, etc...
La
facendera es un tributo relativamente tardío en nuestras
instituciones medievales y Julio Puyol dice de él
que "no es otra cosa primitivamente, sino los servicios
personales que tenían obligación de prestar
los vasallos en épocas y labores determinadas en
favor del rey o señor, ya en el cultivo de las tierras,
ya desempeñando diversos oficios y menesteres, ya
atendiendo a la conservación y reparación
de las fortalezas etc., a todo lo cual se da, a veces, los
nombres genéricos de servicios o labores".
No
hay suficientes datos para saber con que regularidad se
prestaban estos servicios a los reyes y señores,
pero en el Fuero de Villa Ermenegildo se ordena que se preste
un día de serna por cada semana del año. En
los distintos fueros suele señalarse esta particularidad
para cada pueblo o comarca. Así por ejemplo el de
San Miguel de Escalada pone dos días al mes.
En
cuanto a comida y bebida dispone el de Villafrontín
del año 1201 que se dé a los participantes
en la serna o facendera; en invierno por la mañana
pan de trigo y vino bueno, y por la tarde pan, vino y legumbres;
en el verano por la mañana pan de trigo, vino bueno
y legumbres y lo mismo por la tarde. También se menciona
las excepciones totales o parciales a favor de enfermos
o ausentes que se verán obligados a realizar el trabajo
otro día o a pagar dos maravedies y medio de pena.
En
la Edad Media es muy corriente que los reyes eximan del
tributo de la "facendera" a muchos monasterios,
señores o vasallos. Por ejemplo en 1167 Fernando
II exime al dominio de San Isidoro de León de "toda
facendiera", en 1183 lo hace en favor del Obispo Manrique
y de la Iglesia de la Catedral de León, en 1175 libera
a una heredad de Valdescorriel, en 1176 al pueblo de Pinos
de Babia, en 1178 al monasterio de San Felices y a la Iglesia
de Valladolid, en 1189 el rey Alfonso libra de "foros
y fazendaria" al monasterio de Gradefes y así
sucesivamente hace con Carrión, Sahagún, Trianos,
Carrizo, Isoba, etc... El Fuero de Villafranca, Sanabria
y Laguna de Negrillos eximía de facendera a los alcaldes
y otros responsables del Concejo.
En
el año 1129 Alfonso VII había eximido a la
alberguería de Pontón de "pedido y fonsadera",
en 1395 se eximió de pedido a los montañeses
de Aguilar y Monteagudo y en fecha indefinida al Concejo
de Modino de "penas, binales, vinazga, martiniega y
todas las demás rentas, pero en ninguno de estos
casos se menciona la hacendera, sin duda porque era una
institución indispensable e insustituible para los
pueblos.
Las
facenderas, con uno u otro nombre, existen también
en Asturias, Galicia, Santander, Palencia, Cuenca y Castellón.
A
finales del siglo XIV algunos documentos compostelanos ya
mencionan las facenderas en su forma actual. En Asturias
se las llama "sextaferias" porque tradicionalmente
se realizaban en la sexta feria o viernes de determinadas
épocas del año y también se les denominaba
"sustiferias o satisferias". En Galicia se las
llama "estaferias o estafeiras". En la zona de
Riaño se las llama "huebras", sobre todo
cuando incluyen pareja de vacas y carro. Posteriormente
desaparecería esta vinculación de la prestación
personal con el viernes y podría tenerse en cualquier
día de la semana.
Había
tiempos fijos para algunas de ellas, como era Febrero o
Marzo, para limpiar fuentes, presas, canales y arreglar
pontones, Junio para el arreglo de caminos y pasos necesarios
para sacar la hierba, Septiembre para sacar el abono, recoger
la hoja o la leña y los meses de invierno para espalar
la nieve, haciéndose cada uno cargo de su "varal"
o trecho.
Para
estos trabajos se tocaba a facendera con un repique especial
de campana, reuniéndose la gente en el lugar de costumbre,
desde donde todos partían juntos al lugar del trabajo.
De cada casa iba una persona mayor con su instrumento de
trabajo.
En
las Ordenanzas de Sabero, en el artículo 13, se hace
mención a la normativa de esta institución:
"Mas ordenamos que todo vecino está sujeto a
la reparación de los caminos, puentes, pontones,
acequias y demás que llamamos facenderas, siempre
que estos lo hayan menester, las que se harán con
el común reunido y el que falte estando avisado pague
cuatro rs. y el que acuda tarde pague un real..."
A
partir de las Cortes de Cádiz de 1812 los Ayuntamientos
y Diputaciones absorben cada vez más las prerrogativas
de los Concejos abiertos. El día 7 de Abril de 1849
se publica un Decreto sobre esta materia y en 1870 se generaliza
la Ley Municipal que ordena que participen en las hacenderas
los mayores de 16 años y menores de 50 (inclusive
mujeres con casa puesta). Las hacenderas no pueden exceder
de 20 al año, lo que limita la Ley de 1905 a 5 al
año.
Si
bien el poder central en España ha reconocido y legislado
sobre las hacenderas no ha hecho de ellas el aprecio que
se merecían.
En
la Edad Media los Fueros y Cartas Pueblas en muchos casos
las reconocieron expresamente, pero el Libro de las Siete
Partidas sólo se refiere a ellas de manera implícita
al asegurar que los usos y costumbres de los pueblos como
"derecho o fuero que non es escrito del cual han usado
los omes luengo tiempo, ayudándose de él en
las cosas é en las razones sobre que lo usaron".
Si
toda la Edad Media es un forcejeo entre la ley y costumbres;
la ley y el derecho se muestran absolutistas en los siglos
XVIII y XIX en que se opusieron siempre los legisladores
a admitir otro cauce fuera de la creación jurídica
por el que viene la ley. Sin embargo el Derecho Español
se muestra muy generoso al plasmar en el artículo
6 del Código Civil de 1889 su criterio de respeto
a "la costumbre del lugar".
Los
Entes Autonómicos tienen en este campo de las costumbres
aún mucho que aprender y hacer, a fin de que se recupere
el sentido no solo práctico y efectivo, sino el cívico
y comunitario de una institución leonesa tan sabia
y valiosa como es la de las facenderas.
Bibliografía:
Julio de Prado Reyero, revista "Castillete", nº
18. Agosto de 1.984.
Se solía
jugar al toro, en las eras desde el principio del Carril,
hasta la pared de los Merino
Se echaba a suertes quien hacia de toro y quien hacia de
madre.
El
niño que hacia de toro se ponía al principio
del carril agachado.
y todos los niños que participaban en el juego se
ponían detrás de el dispuestos a saltarlo
por encima.
Entonces el que hacia de madre proponía un tema como
por ejemplo:
Nombres de países…
y todos los niños iban pensando que nombre de país
que elegirían y el toro, a su vez, también
pensaba el nombre de un país y se lo tenia que decir
a la madre al oído.
De
uno en uno, los niños van saltando por encima del
toro y diciendo en voz alta el nombre del país pensado.
Tantas silabas como tenia el nombre del país, tantos
pasos tenían que dar (aquí, como picardía
se solían buscar nombres largos pues así cuando
saltaras por encima del toro si el nombre era muy largo
más te alejabas del mismo y más te acercabas
a la pared.
Y así,
iban saltando los niños de uno en uno por encima
del toro y diciendo los nombres elegidos y cogiendo posiciones
Pero, si un niño al saltar decía el mismo
nombre había pensado el toro y la madre lo daba por
cierto, el toro señalaba al niño diciendo:
“CAISTE”.
.. Y ese niño ocupaba el lugar del toro y el juego
comenzaba de nuevo.
En
cambio si el juego continuaba su curso y ningún niño
había coincidido con el toro, una vez que todos los
niños hubieran saltado y dado los pasos correspondientes,
el primer niño que inició el juego decía:
TORO
…Y todos los niños corrían a tocar la
pared con la mano y volvían a bajar corriendo hasta
donde estaba el toro apochinando el cuál también
tenia que subir corriendo hasta la pared tocar con la mano
y en la vuelta intentar coger algún niño antes
de que este llegara al lugar inicio del juego.
Si
conseguía coger a un niño este tendría
que ocupar su lugar en un nuevo juego haciendo de toro y
si no había conseguido coger a ningún niño
seguiría en su lugar de nuevo.